viernes, 28 de octubre de 2011

Ejidos de jinotega

EJIDOS DE JINOTEGA

(Un ejido (del latín exitum) es una porción de tierra no cautiva y de uso público; también es considerada, en algunos casos, como bien de propiedad del Estado o de los municipios. Para México, el ejido es una propiedad rural de uso colectivo aún existente, y que fue de gran importancia en la vida agrícola de éste país.)

El español don Tomas Cardoza, pidió a su majestad el rey de España, le fueran concedidos terrenos ejidales a los pueblos de SAN JUAN DE JINOTEGA Y LIGINAGUINA
, lo que fue concedido."Don Jacinto Antonio de San Miguel, Juez Comisario de las medidas de tierra, comisionado de su Señoría el Licenciado don Domingo López de Urreto, caballero de la orden de Calatrava del Consejo de su Majestad, su Oidor y Alcalde de la Real Audiencia del Reino y Juez General del Real Derecho de Tierras, el 9 de noviembre de 1761 en el pueblo de Jinotega de la ciudad de Nueva Segovia del partido de Sébaco, procedió a medir los terrenos que comprenden los ejidos de la ciudad de Jinotega. Asistieron a presenciar las medidas los alcaldes de Jinotega y Liginagüina, los dos regidores, el escribano del pueblo principal y otras personas interesadas. Este acto se verificó ante el escribano público de su Majestad de los reinos de estas Indias. Estuvo también presente el peticionario de los ejidos, don Tomás Cardoza.

Cuando se medía en dirección Este, llegó un momento en que se suspendió la medida por haber llegado a las montañas por donde traficaba el "ENEMIGO" de la real corona (los indios), expresando los encargados de practicar la medida que ya no existían tierras realengas .Se midieron once caballerías, tres cuerdas y cuarenta varas y media de tierra, cada caballería de 22 cuerdas, cada cuerda de 50 varas castellanas y 36 varas y media.

El Licenciado Domingo López de Urreto en carácter de Juez principal y recaudador del Reino, mando a medir y a mojonar las tierras aludidas a favor de la comunidad indígena del pueblo de Jinotega el 31 de marzo de 1760. (Tomando del registro de la propiedad de Jinotega No, 5062 Art.10. folio 13.tomo 74.)



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